Con base en los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Condena al ciudadano MOISES REQUENA HERNANDEZ, suficientemente identificado, a cumplir la pena de Un (01) año seis (06) meses de prisión, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en al artículo 376 en concordancia con el ordinal 1° del artículo 374 ambos del Código Penal (vigente), más las accesorias contenidas en el artículo 14 ejusdem. Así mismo este Tribunal acuerda que la medida cautelar sustitutiva impuesta al ciudadano sea ratificada y por lo que deberá presentarse cada quince (15) días por ante el Tribunal de Ejecución correspondiente.
Regístrese, publíquese, diarícese, déjese copia y remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de Ejecución de Sentencias de este Circuito Judicial, una vez transcurrido el laps.....