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Decisiones del dia 01/11/2005

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Control
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : WP01-P-2005-016135 N° Sentencia : WP01-P-2005-016135 Fecha: 01/11/2005
Procedimiento:
Medida Cautelar Sustitutiva
Partes:
RITA LIGIA OMAIRA MENDIETA DE VILLEGAS
Resumen:
En la referida audiencia oral, de la ciudadana RITA LIGIA OMAIRA MENDIETA DE VILLEGAS, Se decreta medida cautelar sustitutiva de libertad de la dispuesta en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal penal, de la establecida en el numeral 6° la cual consiste: la prohibición de acercarse a la víctima en este caso a la Adolescente LEIDER HELEN VILLEGAS LAFON y con respecto al ciudadano ALEJANDRO VILLEGAS, este Tribunal consideró que no es procedente el hecho de no acercarse por cuanto son concubinos; en razón que existen una presunción razonable de los hechos que le imputa la representante fiscal como lo es el delito de Violencia Física y Psicológica, previsto y sancionado en el Artículo 5 de la Ley Contra la Violencia Sobre la Mujer y La Familia. Tercero: Se decreta el procedimiento ordinario, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 280 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal
Juez/Ponente:
Maximo Guevara
Organo:
Juzgado Segundo de Control
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N° Expediente : WP01-P-2005-006338 N° Sentencia : WP01-P-2005-006338 Fecha: 01/11/2005
Procedimiento:
Sentencia Condenatoria Por Admisión De Los Hechos
Partes:
MOISES REQUENA HERNANDEZ
Resumen:
Con base en los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Condena al ciudadano MOISES REQUENA HERNANDEZ, suficientemente identificado, a cumplir la pena de Un (01) año seis (06) meses de prisión, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en al artículo 376 en concordancia con el ordinal 1° del artículo 374 ambos del Código Penal (vigente), más las accesorias contenidas en el artículo 14 ejusdem. Así mismo este Tribunal acuerda que la medida cautelar sustitutiva impuesta al ciudadano sea ratificada y por lo que deberá presentarse cada quince (15) días por ante el Tribunal de Ejecución correspondiente. Regístrese, publíquese, diarícese, déjese copia y remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de Ejecución de Sentencias de este Circuito Judicial, una vez transcurrido el laps.....
Juez/Ponente:
Maximo Guevara
Organo:
Juzgado Segundo de Control
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