CONDENA al ciudadano ARGENIS JOSE VILLARROEL ALFONSO, ampliamente identificado al inicio de la presente decisión, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y NUEVE (09) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 Y 5° de la Ley de Reforma Parcial del Código Penal, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos.