NIEGA la entrega del pasaporte fronterizo número FA 683795 a nombre de MARIA DE JESUS ACUÑA GAMEZ, al representante legal del ciudadano MIGUEL ANGEL MOLINA FUMINALIA, por no ser titular del mismo. Se ACUERDA solicitar a la Fiscalía Primera del Ministerio Público se sirva informar a este Despacho acerca de la posible incautación al ciudadano MIGUEL ANGEL MOLINA FUMINALIA de una cadena de metal oro, un porte de armas y dinero en efectivo en moneda nacional y extranjera, así como la cantidad exacta que le fuera incautada, a los fines de decidir su posible devolución.