DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida en contra de la ciudadana DORISMARY VEGA VILLALOBOS, de nacionalidad Venezolana, natural de Maiquetía, nacida en fecha 14-08-1970, de 40 años de edad, de profesión u oficio abogada, estado civil divorciada, titular de la cédula de identidad número V-10.377.345, residenciada en la Urbanización La Paz, Calle Carabobo, Residencias El Parque, Piso 9, Apartamento 94, El Paraíso, Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 en su numeral primero del Código Orgánico Procesal Penal en lo que respecta al delito de DESTRUCCIÓN DE DOCUMENTO PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 76 de la Ley Orgánica de Salvaguarda del.....