DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, dispone lo siguiente:
PRIMERO: DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del ciudadano FREDDY EDUARDO ZAMARO FLORES, titular de la cedula de identidad Nº V-12.174.259, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolano, Natural de Caracas , nacido en fecha 11 de enero de 1975, de 35 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Asesor Comercial, hijo de Freddy Zamora (v) y de Marisol Flores (v), con residencia en: Avenida Trujillo, bloque tres, piso 14, apartamento 142-B, Urbanización Simón Rodríguez, Caracas, Municipio Libertador por no encontrarse llenos los extremos establecidos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acuerda que las presentes .....