Declara Inadmisible por extemporánea la querella interpuesta por las ciudadanas Elizabeth Katarina Arens de Ebersberg y Lise de Michele de Batigelli, asistidas por los Abogados Francoise Jereije Z. Y Mariano A. Díaz Ramírez, en contra del ciudadano Juan Cralos Ascanio, por la presunta comisión del delito de Apropiación Indebida Calificada, tipificado en el artículo 470 del Código Penal vigente, y por cuanto los hechos calificados por la parte querellante no fueron objeto de investigación por parte del Ministerio Público, quien conforme al artículo 11 del Código Orgánico Procesal Penal, ejerce de modo exclusivo la acción penal en este tipo de delitos.