Este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: Se acuerda con lugar la solicitud del Ministerio Público, en cuanto a que la presente causa sea ventilada por la vía del Procedimiento Ordinario, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y 373 último aparte del Código Orgánico procesal penal, a pesar que la detención fue bajo la figura de la flagrancia. SEGUNDO: Se DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA al ciudadano VARATHAN VAITHILINGAM, indocumentado, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinales 2º, 3º y 8º del Código Orgánico Procesal Penal, por los delitos de USO DE VISA DE RESIDENCIA FALSA y USURPACIÒN DE IDENTIDAD, previstos en los articulo 326 , ordinal 3 y 333 ambos del Código Penal. TERCERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de la Defensa Pública de otorgar la libertad sin restricciones. C.....