DECRETA la privación judicial preventiva de libertad del imputado Escobar Ruiz Dimas Rafael, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en concordancia con el numeral 3 del artículo 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, quien fuera detenido el 2/11/03, por la presunta comisión del delito Robo Agravado y Lesiones Intencionales Menos Graves, previstos y sancionados en los artículos 460 y 415, ambos del Código Penal, respectivamente.
Tercero: ACUERDA la aplicación del Procedimiento Ordinario para el presente caso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el encabezamiento del artículo 373 eisudem.