se declara CON LUGAR la solicitud Fiscal y en consecuencia se REVOCA la Medida Cautelar Sustitutiva acordada por este Juzgado Cuarto de Control en fecha 25/11/03, a la acusadas EMILY DEL CARMEN GOMEZ MARTINEZ, indocumentada, por cuanto no ha cumplido con la medida impuesta y en virtud de sus incomparecencias a este Tribunal sin motivo justificado para la celebración de la audiencia preliminar, y en su lugar DECRETA La Privación Judicial Preventiva de Libertad de la referida acusada, quien quedará recluida en el Instituto Nacional de Orientación Femenina (INOF), todo ello, de conformidad con lo previsto en los artículos 250, ordinal 4º del 251, y 262, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, en relación con lo previsto en el ordinal 1º del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.