Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EXTENDER a CADA TREINTA (30) DÍAS LAS PRESENTACIONES PERIODICAS ANTE ESTE TRIBUNAL, al ciudadano JOSE ALEXANDER JOYA SALGAR, titular de la cedula de identidad N° 13.374.826, AGUSTIN JESUS PEÑA CURVELO, titular de la cedula de identidad N° 14.072.413 y JONNYMAR EDERMINA TORRES CORRO, titular de la cedula de identidad N° 14.566.560, de conformidad con lo establecido en el articulo 264 del Código orgánico Procesal Penal, de igual forma se le informa a los imputados de autos, que deben seguir cumpliendo su régimen de presentaciones en esta Circunscripción Judicial Penal, como lo han venido haciendo hasta la presente fecha, so pena de revocar la medida cautelar acordada por este Tribunal.