DISPOSITIVA.
Oídas las exposiciones de las partes y analizadas las actas del expediente, este TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD prevista en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano FRANCISCO OSCAR BECERRA SILVA, ya identificado al inicio de este acto, por la comisión del delito de USO DE PERMISO DE RESIDENCIA FALSA, previsto y sancionado en el artículo 326 del Código Penal, debiendo el imputado presentarse cada noventa (90) días por ante la sede de este Tribunal. SEGUNDO: Se DECRETA EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con lo establecido en el articulo 280 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se acuerda remitir la presente causa a la Fiscalía Octava Nacional del Ministerio Público. Expídanse las copias solicitadas.