DECRETA la privación judicial preventiva de libertad de los imputados JHONNY OLIVEROS RIOS, y JOSE JESUS RADA SUAREZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en concordancia con el numeral 3 del artículo 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, quienes fueran detenidos el 3/03/03, por Funcionarios adscritos al Comando Regional N° 5 de la Guardia Nacional, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 460, relación con el artículo 80, ambos del Código Penal, AGAVILLAMIENTO y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículo 287 y 278, respectivamente, ambos del Código Sustantivo Penal mencionado