DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA EL CESE DE LA MEDIDA DE PROTECCION impuesta a la ciudadana, LAIDELY AMAYA PEREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V 11.642.953 y su grupo familiar, la cual fue decretada en fecha 30 de Diciembre de 2005, por cuanto las amenazas y agresiones que estaba siendo objeto la ciudadana, LAIDELY AMAYA PEREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V 11.642.953 y su grupo familiar como víctima, ya cesaron, todo de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 42 de la Ley de Protección de Victimas, Testigos y demás Sujetos Procesales.
Publíquese, Diarícese, Líbrese oficio a la Policial Municipal del Municipio Vargas del Estado Vargas, remítase a la Fiscalía Superior del Ministerio Publico de la Circunscripción Judi.....