en virtud de lo antes mencionado, permiten inferir a este Tribunal, que el Ministerio Público se limita a realizar requerimiento, sin detallar ni soportar la razón de la investigación en la identificación plena de las personas que se buscan. En consecuencia, éste Juzgado NIEGA la autorización requerida por la Vindicta Pública. Remítanse las presentes actuaciones anexas a oficio a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.