acuerda la INMEDIATA LIBERTAD de los ciudadanos Omaira Margarita Siochez, Luis Gerardo Viana Siochez, Daniel Jesús Atencio Montañés y José Fernández Correia, ampliamente identificados en la presente causa, de conformidad con lo previsto en el sexto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que, la Representación del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, no presentó acusación en contra de los referidos ciudadanos, dentro del lapso legal previsto en el tercer aparte de la citada norma.