En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto en Función de Control del Circuito Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REMITE la presente acusación privada, incoada por la ciudadana LUISA AMELIA VERHEST TOLEDO, mayor de edad, Venezolana, soltera, domiciliada en Macuto Paseo La Playa, parte alta de la casa Nº 30 del estado Vargas, asistida por el abogado en ejercicio ANTONIO ALVARADO, mayor de edad, venezolano, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado, bajo el Nº 10.740, titula de la cédula de identidad Nº V-224.983, de este domicilio, en contra de la ciudadana: TRINA PÉREZ JIMENEZ, no especifica el Nº de cédula de identidad, por la comisión del delito de DIFAMACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal, por considerar que estamos en presencia de delitos de acción privada, que solo puede ser incoado solo ante el Tribunal de Juicio correspondiente, todo.....