Este Tribunal pasa a emitir pronunciamiento en los siguientes términos, tomando la palabra el ciudadano Juez, quien expone: "Oída la exposición formulada por las partes, este juzgador considera que no existen suficientes elementos que puedan demostrar la participación de los ciudadanos presentados el día de hoy, en los hechos imputados por la Representación Fiscal, toda vez que no existen testigos que puedan corroborar el dicho de los funcionarios, por lo que este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal en Función de Control administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Se acuerda la solicitud realizada por la defensa y en consecuencia se DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del imputado DOUGLAS DIAZ DIAZ, plenamente identificado al inicio de la presente acta, por considerar que no se encuentran llenos los extremos exigidos en los artículos 250 y 251 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, ya que no existen testigos q.....