DISPOSITIVA
Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se acuerda con lugar la solicitud del Ministerio Público, en cuanto a que la presente causa sea ventilada por el procedimiento Ordinario, todo de conformidad con los artículos 280 y 373 parte infine del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara con lugar la solicitud del Ministerio Público, en el sentido de otorgar al ciudadano: ANGEL ESTEBAN MARTÍNEZ ARMAS, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.767.294, de nacionalidad Venezolano, de 31 años de edad, nacido en fecha 23/12/1977, estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de ANGEL ESTEBAN MARTÍNEZ (V) y AURA MARTÍNEZ (V), residenciado en: Corapal, Palmar Oeste, casa S/N, al frente de Hidrocapital, Parroquia Caraballeda, Estado Vargas, teléfono 0424-2562329, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de la prev.....