DISPOSITIVA
Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se acuerda con lugar la solicitud del Ministerio Público, en cuanto a que la presente causa sea ventilada por el procedimiento Ordinario, todo de conformidad con los artículos 280 y 373 parte infine del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara con lugar la solicitud del Ministerio Público, en el sentido de otorgar MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al imputado HERNAN EZEQUIEL BRENKE MAYORA, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.889.785, de nacionalidad Venezolano, de 43 años de edad, nacido en fecha 22/06/1965, estado civil soltero, de profesión u oficio Conductor, hijo de HERNAN BRENKE (F) y TERESA MAYORA (F), residenciado en: Calle Orama al final, el teleférico, Macuto, Estado Vargas, teléfono 0414-2755426, de la prevista en el artículo 256 ordinal 3°, que consiste en pres.....