DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, al acusado: RICHARD JOSE LADERA JIMENEZ, venezolano, natural de la Guaira, Estado Vargas, nacido en fecha 25-06-1972, de 35 años de edad, hijo de OSCAR LADERA (V) y de MARIA CHIQUINQUIRA JIMENEZ (V), identificado con la cédula de identidad Nº V-12.165.203, soltero, de profesión u oficio Tramitador de Aduana, residenciado en Montesano, Barrio La Tropicana, carretera vieja, casa s/n, cerca de la Bodega Hermogenes, Estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, por el lapso de un AÑO (01), por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA Y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 38 y 4.....