DISPOSITIVA
En base a los antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA, oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C.), Sub-Delegación de Maracay-Estado Aragua y la División de Capturas, con sede en el Rosal, Caracas, a los fines de que informe a este Despacho, si el imputado: CHISTOPHER YERGES JIMENEZ MENDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-17.273.440, residenciado en URBANIZACIÓN PALMARITO, SECTOR EL CASTAÑO, CALLE "C", QUINTA DOR-YANEL, MARACAY-ESTADO ARAGUA, se encuentra solicitado o por el contrario si posee antecedentes policiales por dichos Organismos Policiales, una vez obtenido las repuestas antes solicitadas, el Tribunal proveerá lo conducente a dicha solicitud, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. .....