DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite la precalificación jurídica realizada por la representante fiscal por el delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD INTRAORGÁNICO, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUNDO: Se decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano JOSÉ HERNÁN ZAMORA MONTILLA, por cuanto a juicio de quien aquí decide, se encuentran satisfechos los extremos exigidos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, así como lo preceptuado en el numeral 3 del artículo 251 eiu.....