DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente el pronunciamiento: Declara CON LUGAR, la solicitud de Prorroga realizada por la representante de la Fiscalía Primera del Ministerio Publico en fecha 03-10-2011, todo de conformidad con el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, en relación con las sentencias con carácter vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 12 de Septiembre del año 2.001, según expediente Nº 01-1016 y 09 de noviembre de 2005 expediente 03-1844, por un lapso de DOS (02) AÑOS. Publíquese, regístrese, notifíquese, diaricese y déjese copia.
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL
DRA. ROSALBA MUÑOZ FIALLO
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