DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, al acusado: JHONNY JOSE ORDAZ, titular de la cédula de identidad Nº 11.484.091, de nacionalidad Venezolano, nacido en fecha 10/10/1973, estado civil soltero, de profesión u oficio Supervisor del Despacho Presidencial, hijo de PADRE DESCONOCIDO y ALBERTINA ORDAZ (V), residenciado en: Avenida Fuerzas Armadas, Urbanización Vista Caribe, Edificio 5, apartamento 5-11, Catia la Mar, estado Vargas, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 42 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente decisión.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 05,
DRA. MARIA ESTHER ROA S.
LA SECRETARIA,
ABG. KEYLA CARREÑO
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