DISPOSITIVA
Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano: NELSON JOSÉ OVALLES MENDOZA, titular de la cédula de identidad Nº INDOCUMENTADO, de nacionalidad Venezolana, nacido en fecha 12/09/1975, estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de NELSÓN OVALLES (V) y ARACELYS DE OVALLES, residenciado en: (Indefinida) Calle el León, el Cementerio, Caracas, A CUMPLIR LA PENA DE: DOS AÑOS (02) DE PRISION, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453, ordinales 4° y 9° del Código Penal. SEGUNDO: Se condena a cumplir las penas accesorias contenidas en el artículo 16 ejusdem. TERCERO: Igualmente se les exime del pago de las costas procesales de conformidad con lo establecidos en los artículos 26 y 254 de la Constitución Bolivariana d.....