Este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite la precalificación fiscal por el delito de Acoso u Hostigamiento, previsto el artículo 40 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, empero se aparta este tribunal de la precalificación fiscal del delito de Resistencia a la Autoridad, tipificado en el artículo 218 del Código Penal, habida cuenta que de las actas policiales no emerge tal situación. SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES solicitada por la defensa del ciudadano Miguel Antonio Da Cámara Espinola, por cuanto en el presente asunto ha sido acreditada la comisión de un hecho punible contemplado en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, fundados elementos de convicción para estimar la p.....