CONDENA al Ciudadano MANUEL SOLARTE BALLESTERO, quien dijo ser de nacionalidad Venezolana, natural de Cali - Valle Colombia, donde nació en fecha 05-08-1943, de 61 años de edad, estado civil Soltero, de profesión u oficio mecánico, hijo de Maria Eugenia Ballesteros (V) y Miguel Solarte (F), residenciado en San Cristóbal, la Ermita, Carretera Primera N° 02-099, Estado Táchira titular de la cédula de identidad V-21.290.578, A CUMPLIR LA PENA DE DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, en el establecimiento penitenciario que a tal efecto designe el Ejecutivo Nacional, COMO AUTOR RESPONSABLE DEL DELITO DE TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en virtud de la aplicación del Procedimiento Por Admisión de los Hechos previsto en el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Condena al ciudadano MANUEL SOLARTE BALLESTERO, al cumplimiento de las penas acce.....