DISPOSITIVA:
Sobre la base de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de la Defensa, en el sentido de que le sea impuesta a su defendido YORMAN JOSE CARTAYA RUJANO, una medida cautelar sustitutiva de libertad, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 250 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Igualmente se acuerda ratificar oficio de fecha 03-12-2009 con carácter de urgencia al Director del Internado San Juan de los Morros Estado Guárico. Regístrese, Diaricese, notifíquese y déjese copia.
LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO
Dra. KARIN P, MENDEZ M
LA SECRETARIA
AB. YALITZA DOMINGUEZ