CONDENA en virtud del procedimiento por Admisión de los hechos previsto en el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, al Ciudadano PIGNIER CEDRIC, quien dijo ser: de nacionalidad Francesa, Natural de Lille, de 24 años de edad, de estado Civil Soltero, de profesión Albañil, hijo de Pignier Paull, residenciado en Calle 14 Nicolás Poussin, 44000 Nantes, Francia, A CUMPLIR LA PENA DE DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, COMO AUTOR RESPONSABLE DEL DELITO DE TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; SEGUNDO: Condena igualmente al ciudadano PIGNIER CEDRIC, al cumplimiento de las penas accesorias establecidas en el articulo 60 de la ley especial que rige la materia, es decir, la expulsión de República terminada una vez la condena, terminada ésta. TERCERO: De conformidad con lo establecido en el articulo 66 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Ps.....