DECLARA LA NULIDAD DE LA AUDIENCIA PRELMINAR, celebrada ante el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal de este Circuito Judicial en fecha 15/10/2010, en la causa seguida en contra el ciudadano JESÚS ALONSO BELTRÁN MUÑOZ, titular de la cedula de identidad Nº V-9.399.558, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal vigente, toda vez que aparecen acreditados en autos los supuestos establecidos en los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal, se ORDENA en consecuencia la remisión de la causa en su estado original a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos para su distribución a un Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control de esta circunscripción judicial a los fines de la realización del acto anulado.
Se declara CON LUGAR la solicitud efectuada por el profesional del Derecho ZAIR AMUNDARAY, Fiscal Cuadragésimo Octavo del Ministerio Público.