DISPOSITIVA:
Sobre la base de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de la Defensa, en el sentido de que le sea impuesta a su defendido PEDRO MANUEL DE JESUS CASTRO, medidas cautelares sustitutivas de libertad, de conformidad con los artículos 250 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diaricese, publiquese y déjese copia.
LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO
Dra. ROSALBA MUÑOZ FIALLO
LA SECRETARIA
AB. YASNALDI CASTRO CASTILLO