DECRETA A FAVOR DEL ACUSADO LUIS ALEXANDER MATA HERNÁNDEZ, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de La Guaira, con fecha de nacimiento el 07 de Marzo de 1979, de Profesión u Oficio Obrero, hijo de Oswaldo Blanco y de Isbelia Hernández, titular de la Cedula de Identidad Numero V:15.025.029, las medidas cautelares establecidas en el artículo 256 en sus ordinales 3º y 8º del Código Orgánico Procesal Penal Consistentes, la primera, en la presentación ante este Despacho cada QUINCE (15) DÍAS, y la segunda en la obligación de presentar por ante este despacho DOS (02) FIADORES, por cada uno de los imputados, que demuestren un ingreso mensual igual o superior a un salario mínimo.