CONDENA al Ciudadano ANTONIO ZAPATA RIVES, quien dijo ser de Nacionalidad Española, Natural de Almeria España, nacido en fecha 18-10-55, de 47 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Agricultor, titular del Pasaporte de la Comunidad Europea N.- A2723244200, residenciado en: Calle Jardín de la Balza 202 España, A CUMPLIR LA PENA DE DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, en el establecimiento Penitenciario que a tal efecto designe el Ejecutivo Nacional, COMO AUTOR RESPONSABLE DEL DELITO DE TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en virtud del procedimiento por Admisión de los hechos, previsto en el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Condena al ciudadano ANTONIO ZAPATA RIVES, al cumplimiento de las penas accesorias establecidas en el articulo 16 del Código Penal, es decir, a la interdicción civil durante el tiempo de la.....