DECLARA CON LUGAR, la solicitud de revisión de medida de privación de libertad, planteada por Dra. YURIMA VASQUEZ, defensora publica a favor de su representado ciudadano JUNIOR RAFAEL PÉREZ PÉREZ, quien es de nacionalidad venezolana, titular de la Cedula de Identidad V-13.196.629, sometido a proceso penal por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, tipificado en el artículo 453 del Código Penal, y en virtud de ello se le OTORGAN las medidas cautelares sustitutivas previstas en los numerales 3º y 6° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando en la obligación el citado acusado de cumplir con un régimen de presentación de cada ocho (08) días ante la sede de este Despacho Judicial y la prohibición expresa de acercarse a la víctima.