DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano JEDIDIAS ALEXIS LEON SALAZAR, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaria Estado Vargas, estado civil soltero, hijo de Iris Salazar y de Roberto León, titular del la cédula de identidad N° 15.025.755, calle El Ricaurte edificio La Gran Señora La Guaira Estado Vargas, por la presunta comisión del delito de ROBO IMPROPIO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente para la fecha de los hechos, de conformidad con lo previsto en el artículo 300 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de encontrarse prescrita acción penal, conforme al artículo 108 numeral 4 del Código Penal.