DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano SANCHEZ ZAPATA LINO, quien dice ser de nacionalidad Venezolano, nacido en fecha 16-03-1954, de 56 años de edad, de profesión u oficio transportista, titular de la cédula de identidad N° V- 4.678.779, de estado civil Casado, hijo de Rosalindo Sánchez (f) y de Vicenta Zapata (v) con residencia en: Charallave, Ciudad Miranda, manzana 32, Town House 3, Municipio Cristóbal Rojas Estado Miranda, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, como autor responsable de la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el artículo 376 ultimo aparte del Código Penal, en relación con el articulo 374 ordinal 1° ejusdem, en concordancia con el artículo 37 d.....