DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano DIEGO JOSE CARAVALLO MORENO, titular de la Cédula de Identidad N° V- 18.761.798, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, de estado civil Soltero, Natural de Caracas, de profesión u oficio Pintor, nacido en fecha 26-09-1987, de 23 años de edad, hijo de Yasmira Moreno (v) y de Diego Caravallo González(v), residenciado en Urbanización Casarapa, Guarenas, sector Las Palmeras, Edificio 3-A. Apartamento 24, Guarenas Estado Miranda, teléfonos: 0412-296.89.70 - 0212-838.75.26, a cumplir la pena de DIECISEIS (16) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, como autor responsable de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO previsto y sancionado en el artículos 406 ordinal 1º, en concord.....