DECLARA CON LUGAR, la solicitud planteada por la Defensora Publica Sexta Penal del Estado Vargas, a favor de su representado RIVAS MARTÍNEZ DENNY ALBERTO, titular de la cédula de identidad Nº V-13.826.801, mediante la cual requiere la revisión de la medida cautelar sustitutiva impuesta a su representado, quien queda en la obligación de presentar dos fiadores de reconocida buena conducta, que se comprometan a cancelar cada uno por vía de multa la cantidad de veinte (20) unidades tributarias, y de conformidad con el referido artículo 246 del texto adjetivo penal el imputado deberá cumplir un régimen de presentación antes este Despacho judicial cada ocho (08) días.