DECRETA el CESE de la medida de coerción prevista en el articulo 256 en sus ordinales 3º, 4º y 8º del entonces vigente Código Orgánico Procesal Penal, que fuera decretada en fecha 29 de Septiembre del año 2000, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio de este Circuito Judicial, en contra de los ciudadanos RICHARD ANTONIO SOCORRO ZAMBRANO y OSCAR JOSÉ MAITA ZAMBRANO, de conformidad con lo establecido en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, por lo cual se le concede la libertad sin restricciones de ninguna naturaleza, debiendo comparecer únicamente a la Audiencia Oral y Publica, previa citación librada al efecto.