DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
PRIMERO: Declara ha lugar la solicitud de la defensa en cuanto a que se refije el presente juicio, por haber incumplido el Ministerio Público con el lapso establecido en el tercer aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia acuerda REFIJAR el juicio oral y público a celebrarse en la presente causa para el día 22 de julio de 2013 a las diez horas de la mañana (10:00 a.m.), a fin de preservar el debido proceso y el derecho a la defensa de los encartados.
SEGUNDO: Declara IMPROCEDENTE la solicitud interpuesta en el sentido que se imponga una medida menos gravosa a la privación judicial preventiva de libertad a los ciudadanos ANDY BRITO TORTOZA y NELSON RODRÍGUEZ INFANTE,.....