Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público y en consecuencia OTORGA PRORROGA DE 15 DIAS conforme al parágrafo único del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo la Representación Fiscal presentar el acto conclusivo a mas tardar el día 27-09-2010.