DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida en contra del ciudadano LEONARDO JOSÉ OCANDO GARCÍA, titular de la cédula de identidad número 5.568.469, quien dijo ser de nacionalidad Venezolano, al haber operado la extinción de la acción penal por prescripción para el delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal y de conformidad con lo establecido en el artículo 300, numeral tercero del Código Orgánico Procesal Penal, declarando con lugar la solicitud interpuesta por el Ministerio Público. ASÍ SE DECLARA.
Regístrese y publíquese.
EL JUEZ
VÍCTOR A. YÉPEZ PINI.
EL SECRETARIO,
ABG. FÉLIX DÍAZ.