Este Tribunal Tercero Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: CONDENA al ciudadano CESAR AUGUSTO NIETO RODRIGUEZ portador de la Cédula de identidad N° 16.507.594, a cumplir la pena de TRES (03) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho a la Mujer y a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Asimismo se les condena a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal. TERCERO: Se exonera del pago de costas procesales a los acusados de autos, de conformidad con el principio de gratuidad establecido en los artículos 26 y 245 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.