CONDENA al ciudadano JOSÉ LUIS LÓPEZ BORRAS, arriba identificado, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas Vigente, delito cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en la presente. Asimismo, se le condena a cumplir la pena accesoria contemplada en el ordinal 1° del artículo 60 ejúsdem. Por otra parte queda exonerado del pago de las costas procesales al comprobarse su situación de pobreza al encontrarse asistido de Defensor Público Penal.