En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano LEONARDO ALFREDO MORALES GARCIA, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 14-08-1980, de 28 años de edad, estado civil soltero, hijo de Rubén Morales (v) y Edith García (v), residenciado en la Avenida Sucre, frente a la estación del Metro Agua Salud, Edificio Industrial, piso 09, apto 9F, Caracas, Distrito Capital y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.463.889, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en .....