ABSUELVE a los ciudadanos HERNAN JOSE ESCOBAR MONASTERIO, titular de la cédula de identidad No. 6.494.712 y GARCIA RAFAEL RAMON, titular de la cédula de identidad No. 6.470.668, de los cargos fiscales por la comisión del delito de Robo Genérico, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, en perjuicio de ALLAN DICKSON BROWN, pasaporte No. 400247627, todo de conformidad con los artículos 108, ordinal 7 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal.