CONDENA a la ciudadana ANJA BUSCHMANN, arriba identificado, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas Vigente, delito cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en la presente. Asimismo, la condena a cumplir la pena accesoria establecida en el ordinal 1° del artículo 60 ejúsdem. Por otra parte queda exonerada del pago de las costas procesales comprobada su situación de pobreza al encontrarse asistido por un Defensor Público.