DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano JHOAN JOSE BELLO OROPEZA, arriba identificado, por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado, tipificado y sancionado en el artículo 455 ordinal 3° del Código Penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 322 en concordancia con el artículo 48, ordinal 1°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, al haberse producido la extinción de la acción penal por muerte del mismo.