1- CONDENA a los ciudadanos JORGE IGNACIO ARMAS HERNÁNDEZ y HUGO WLADIMIR BRAVO ROMERO, ampliamente identificados al comienzo del presente fallo, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISION, como autores en la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal.
2- CONDENA a los ciudadanos YORGENIS JESÚS ROMERO LÓPEZ y EDGAR ALEXANDER OSORIO GARCÍA, arriba identificados, a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISION, como cómplices en la comisión del delito de HURTO SIMPLE, tipificado y penado en el artículo 453 del Código Penal, conforme a lo previsto en el artículo 84, ordinal 3°, ejúsdem.
Asimismo, quedan condenados a cumplir las penas accesorias contempladas en el artículo 16 ibidem, exonerándoseles igualmente del pago de las costas procesales, de conformidad con lo previsto en el artículo 272 del Código Orgánico Procesal Penal.
Igualmente, conforme lo requiere el primer aparte del artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, se f.....