Por todos lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara con lugar la solicitud interpuesta por la Abg. JULIMIR VASQUEZ, en su condición de Fiscal Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas y en consecuencia decreta, se acuerda prorrogar por el lapso de UN (01) Y SEIS (06) MESES, la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada en contra del ciudadano RIVERA RAMOS MIGUEL, contados a partir del 16-01-2013, de conformidad con lo establecido en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal.